Ya hemos terminado grabación del disco sudado, trabajado, mezclado, masterizado y mil veces escuchado hasta conseguir la supuesta perfección. Bien, entonces es cuando aparece la cuestión del registro de las canciones, y la sospecha de que si no las registramos en algún ente privado, nada mas salir a la calle, alguien nos plagiará la Macarena, que es nuestra, y veremos pasar los dólares mientras nos damos cabezazos contra las farolas ¿¡Por qué demonios no la registré!? Gritaremos. Stop. Nadie va a quitarnos nuestra Macarena. Antes de ir directo a la SGAE debemos hacernos un par de preguntas por lo menos.
¿Que son los derechos de autor?
«Los derechos de autor nacen desde el momento de la creación de la obra, es decir, desde que se expresa la idea del autor. A esto se le llama principio de protección automática: en cuanto existe la obra, existe la protección, aun si la obra no ha sido publicada. Para que exista obra no basta con la mera idea, sino que ella debe ser exteriorizada.»www.revistasabiertas.com
Este dato es importantísimo para tener bien cogida nuestra Macarena. Las facultades que otorgan los derechos de autor son principalmente el derecho patrimonial y el derecho moral. El primero faculta la autorización de reproducción, modificación, adaptación o transformación, publicación, comunicación, interpretación y ejecución pública. El segundo, el derecho moral, engloba la paternidad, (asociar nombre del autor a la obra), la integridad, facultad de oponerse a cualquier modificación. La divulgación y el anonimato en contraposición de la paternidad. Digamos que «all rigth are reserved», pues nacieron con nuestra obra. Entonces, la pregunta de marras será:
¿Es necesario registrar mi obra?
«No, no es un trámite necesario para que una obra se proteja. Sí resulta conveniente, en especial cuando hay intención de explotar comercialmente una obra. La función que cumple la inscripción de una obra en el registro correspondiente es la de pre-constitución de prueba; es decir, se presume que quien inscribe una obra como propia en el Registro es el autor de esa obra y tiene todos los derechos sobre la misma.»www.revistasabiertas.com
Siguiendo con las preguntas, ¿todo eso del Copyright, Copyleft y la SGAE?
Establezcamos diferencias una vez aclarado que la obra está protegida por el mero hecho de ser nuestra y haberla exteriorizado.
El famoso Copyright es un término anglosajón en el que se enmarca el «derecho a copia». Formalizado en empresa, vela por los derechos únicamente patrimoniales, que a fin de cuentas son los que han de convertirse en dólares. El cliente paga el tipo de licencia que quiere para su obra. Aquí es cuando leemos «Reservados todos los derechos, prohibida su reproducción pública, copia, modificación, tatatátatatátatatá..» Es decir, reincidimos en nuestros derechos adquiridos por ley. Importante, no hacen labor recaudatoria.
En la otra orilla encontramos el no tan joven ya Copyleft (los años en la era de Internet parecen lustros), término sustentado por la organización internacional Creative Commons fundada en 2001 por los expertos en ‘ciberleyes’ y propiedad intelectual James Boyle, Michael Carroll y Lawrence Lessig. Igual que el término anterior, pero gratis, (se puede donar a la causa), aquí tenemos para elegir varios tipos de licencias a la hora de exponer nuestra obra y qué uso se quiere hacer con ella. Ocurre que, con los derechos que tenemos por ley, con estas licencias lo que decimos es que damos permiso para que se use nuestra obra sin tener que llamar a nuestro telefonillo cada vez que se haga, bajo unos términos que hemos establecido, que suelen ser mostrar autoría, permiso a la modificación, sin uso comercial, etc. Es en el uso donde se polifurcan los caminos y donde hemos de defender nuestro derecho a la reflexión, a hacernos todas la preguntas que hagan falta. ¿Pongo las canciones para libre descarga en Internet? ¿Las subo a iTunes? (no hay incompatibilidad en ambos casos) ¿Si un Dj de Santiago de Chile quiere usar mi canción de sampler…? ¿Le dejo? ¿Y si es Steven Spielberg el que quiere una canción mía para una peli? Que lluevan las preguntas y hasta que lleguemos donde la matan ¿y la pasta de los derechos?
Bien, con la SGAE hemos topado, pero esto será en otro capitulo.
De momento la canción que escribimos, grabamos y editamos, es nuestra.